Una locura de la nueva Ley de Seguridad Vial

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nemotecnica
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Re: Una locura de la nueva Ley de Seguridad Vial

Mensaje por nemotecnica »

Nosotros tuvimos un accidente en coche con un jabalí en una carretera que cruzaba un coto de caza y fue un infierno.El seguro cubrió los costes del coche pero nos hizo pagar la franquicia porque hasta que no se resolviera el caso la culpa era nuestra.Los gastos del fisio los pagaron al principio y después adiós muy buenas.El seguro al final pasó de reclamar nada y nos fuimos a un abogado privado, el cual nos dijo que contra animales salvajes es realmente difícil ganar nada, y, además, incluso a veces contra domésticos. Nos decían que si el propietario del animal demostraba que había hecho todo lo que estuvo en su mano para que no se escapara y aún así se escapaba, también se libraba el propietario....y mirar que lo hicimos bien: llamamos a Tráfico, vinieron, se levantó acta del accidente, y toda la pesca...pues a apoquinar nosotros....y para tramitarlo todo y quedarnos convencidos de que nos tenía que tocar pagar, más de 1 año.


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PAPI PAPI
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Re: Una locura de la nueva Ley de Seguridad Vial

Mensaje por PAPI PAPI »

Me voy a poner de abogado del diablo y pido disculpas de antemano si hiero sensibilidades.Leyendo desde arriba entiendo que si me topo con un animal en la carretera e impacto contra él, alguien tiene que ser el responsable, el coto si lo hay, el dueño si lo tiene y si no, me da igual, la administración por no prever y poner unas buenas vallas para que no salten los animalicos a la carretera (lo de Melilla no vale, que os veo), así pues las carreteras de todas clases, marcas y colores del mapa o gps ¿deben estar debidamente valladas?, ¿a que altura? medio metro, uno, dos, ¿de qué material?, ¿habrá que hacer túneles y pasos elevados por todos los lados? y todos sabemos que nunca hacen el paso de cebra por donde quiero cruzar, mejor hacemos de la carretera un túnel.La caza es un negocio donde lo sea no lo dudo, como cualquier negocio, y yo pa mi que esos que se lucran con tal "deporte" tiene de sobras para hacerse un seguro y pagar cualquier "responsabilidad" que tengan o marcharse a Sudáfrica o a la Conchinchina, los de pueblico de toda la vida hace dias dejaron el "deporte". Pero se me ocurre que si acabamos con to bicho viviente, ya no habrá nada que salte a la carretera, bueno guardaremos un par de animalicos, a ser posible de sexo opuesto entre ellos y los guardamos en un lugar cerradico que asi estarán protegidos de todo mal.A la inversa si no interferimos en la vida animal fuera de las ciudades (en el campo), a quien daremos las culpas cuando nos amorremos por culpa de un cruce inesperado, sigue rondándome la idea de la carretera túnel.Es tan imprevisible la casuistica del por qué los animales cruzan la carretera, que no tienen que ser producto de cacerías opíparas que persiguen todo lo que se mueve, también saltan animales al asfalto en épocas de veda y no necesariamente son bichos con cuernos en la boca o en la cabeza, de hecho hay zonas donde vacas, caballos, ovejas, cabras y sus maridos e hijos, campan en libertad y desde luego acojona cuando despacito pasas por su lado porque se han afincado en el asfalto, o se te encoje el ojete cuando saltan cual saltamontes a justo de frenada delante de la rueda. Me parece que lo de la carretera tunel ........Es cierto lo que dices "Esther e Isra" y todavía me duele la rodilla cuando lo pienso, pero el conejico que se me lanzó debía tener sus propias ideas sobre como hacer que se baje uno de la moto "muyrapido", en el atardecer de una noche de verano. Y ni siquiera "a la cazuela" que no soltó ni pelusa.Al final, como siempre, más seguro caro y pensar en disfrutar, ya que de encontrar una solución que satisfaga a todos nada de nada, si no nos ponemos de acuerdo ni en cual es el color mas majo para la Deauvi (el negro (oscuro) claro). Y yo no quiero ir por un túnel. :rendicion:


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evanin
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Re: Una locura de la nueva Ley de Seguridad Vial

Mensaje por evanin »

Papi Papi, discrepo absolutamente sobre el hecho de que no nos ponemos de acuerdo sobre cuál es el color más majo para la Deauville. Todos estamos de acuerdo en que el mejor color es de la moto que tiene cada uno :lol: :vss


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bartolo
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Re: Una locura de la nueva Ley de Seguridad Vial

Mensaje por bartolo »

GALLEGO escribió:Va a ser cuestión de poner un buen parachoques al coche y bicho que atropellemos ... a la cazuela
Los parachoques que se montaban en los todoterrenos y que llamaban "mataburros" ya están prohibidos, así que como no pongas un colchón de gomaespuma...


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PAPI PAPI
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Re: Una locura de la nueva Ley de Seguridad Vial

Mensaje por PAPI PAPI »

Te he visto muy fino Evanin :vigila:


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nemotecnica
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Re: Una locura de la nueva Ley de Seguridad Vial

Mensaje por nemotecnica »

Papi Papi...con respecto a que los cotos tienen seguro...ése es el problema también. En teoría, en época de caza, deberían de tener un seguro de responsabilidad civil PERO LA MAYORÍA NO LO TIENEN y, como los cotos son unas "entidades independientes de sus propietarios" (no sé cómo se llama, pero el hecho es lo que pongo), el tema es que por mucho dinero que tengan sus propietarios si el coto se declara insolvente NO COBRAS UN DURO, que fue lo que nos pasó a nosotros.Cuando el abogado del seguro llamó les dijeron que no tenían dinero y ya está. Al parecer, según nos comentó el despacho de abogados con el que hablamos, es una práctica bastante habitual...como cuando una constructora, una SL se declara insolvente y se lleva la pasta de todo quisqui...pues peor, porque en los cotos no hay un administrador que se haga responsable.Yo entiendo que si nos damos contra un gamo o un conejo, no podemos hacer nada, pero en un coto hay más animales de lo normal porque ellos los ponen y ceban allí para que los haya, y si ese coto cruza una carretera o está al lado de una, tienen que limitarlo de forma conveniente o poner las medidas adecuadas, pero lo que no podemos hacer los conductores es pagar los accidentes derivados de que a unas personas les guste la caza.


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Re: Una locura de la nueva Ley de Seguridad Vial

Mensaje por nemotecnica »

...Sin ir más lejos, el hijo de un vecino nuestro salió por la noche con su coche y nada más salir de la urbanización (iba despacito porque la salida está al lado de un cambio de rasante y tienes que salir con 4 ojos y mucho cuidado) se le lanzó encima del capó del coche un caballo, el cual parece que no le pasó nada porque con las mismas se fue galopando...y al hijo de mi vecino le quedó toda la capota aboyada y el cristal delantero roto (le cayeron cristales en una de las manos y se cortó bien cortado).El caballo se fue y a él le tocó pagar la reparación del coche y estar 2 semanas de baja por los cortes en la mano...es justo? Ese caballo tiene un propietario.Sabéis la cantidad de caballos que se cruzan por la Sierra en la carretera y a los propietarios no les pasa nada??A raíz del accidente de mi vecino me contaron que en otra ocasión un caballo saltó también contra un coche y el propietario del caballo lo que hizo al ver que le habían identificado fue sacrificar al caballo y tirarlo para que no le relacionase la guardia civil con él....pobre animal.Propietarios todos queremos serlo y de un montón de cosas, pero hay que ser RESPONSABLE Y QUE LA LEY TE OBLIGUE A SERLO.Es otro ejemplo.


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evanin
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Re: Una locura de la nueva Ley de Seguridad Vial

Mensaje por evanin »

Bueno, pues ya se ha aprobado la nueva ley e incluye "la locura" de la que hablábamos. El Sr. Marqués y el Sr. Conde, así como los dueños de los cotos estarán muy satisfechos. Por cierto, la Ley se ha aprobado con los votos del PP y CIU.El Congreso de los Diputados aprobará este jueves la reforma de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial. La ley entrará en vigor un mes y un día después desde su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE), aunque algunas de las reformas previstas deberán ser concretadas por el futuro Reglamento General de Circulación, cuya aprobación está prevista para junio. Estas son las principales modificaciones que afectarán a su vida diaria en las carreteras:1. El casco ciclista será obligatorio en ciudad para los menores de 16 años. Después de una larga polémica, el Partido Popular ha dado marcha atrás a su intención de imponer por ley el casco ciclista en ciudad. Solo será obligatorio para los menores de 16 años. No llevarlo supondrá una multa de 200 euros, que deberán pagar los tutores legales del menor.2. Los niños no podrán ir en los asientos delanteros: El nuevo texto prepara el terreno a los cambios previstos en el nuevo Reglamento General de Circulación. Aunque no prohíbe expresamente que los menores viajen en el puesto del copiloto, establece que “se podrá prohibir la ocupación de los asientos delanteros y traseros por los menores en función de su edad o talla”. En la práctica, una vez aprobado el nuevo código de circulación, no podrán viajar en los asientos delanteros los menores que midan menos de 1,35 metros, siempre y cuando todos los asientos traseros no estén ocupados por otros menores que tampoco llegan a esta estatura o que el vehículo carezca de asientos traseros. Hasta ahora, los menores de 12 años pueden viajar en el asiento delanteros si lo hacen con el sistema de retención infantil adecuado.En el caso de incumplir la norma, las autoridades podrán inmovilizar el vehículo e imponer una sanción de 200 euros. En los taxis, se aplicará la misma regla, pero su incumplimiento es responsabilidad del tutor del menor y no del taxista.3. Multa más alta para el consumo de alcohol. Aumenta de 500 a mil euros la sanción por conducir con una tasa el doble de lo permitida, es decir, a partir de 0,5 miligramos por litro de aire espirado o de 0,30 para conductores noveles y profesionales. También se duplica la multa a quienes en el plazo de un año previo hubieran dado positivo por alcohol.4. Sanción a la presencia de drogas en el organismo. La nueva ley suprime la necesidad de demostrar la influencia de las drogas en la conducción, como establece hasta ahora la norma, para poder sancionar por la vía administrativa. Bastará con que una prueba salival, que solo detecta el consumo reciente, demuestre la presencia de drogas en el organismo para imponer una multa, que también asciende de 500 a mil euros. Quedan excluidas las sustancias que se utilicen bajo prescripción facultativa y con finalidad terapéutica, como la metadona.5. Pruebas de alcohol y drogas para peatones. Los viandantes estarán obligados a someterse a un control de drogas y alcohol si cometen una infracción. Hasta el momento, solo es obligatorio si se ven involucrados en un accidente. Los peatones son, con 370 muertos, el segundo colectivo que registra más fallecidos por accidente de tráfico, solo por detrás de los ocupantes de vehículos de cuatro ruedas.6. Nuevas velocidades máximas y mínimas. El límite máximo en autopista y autovía sigue siendo de 120 kilómetros por hora. Sin embargo, la reforma de la ley de seguridad vial contempla la posibilidad de aumentar la velocidad a 130 kilómetros por hora al incluir un cuadro de velocidades con las sanciones correspondientes a quienes excedan ese límite. Será el código de circulación el que regule dónde y cuándo se podrá circular más rápido.Los límites de velocidad a partir de los cuales se sanciona a quien exceda la velocidad de 130 por hora serán los mismos que los establecidos para el límite de 120. Por ejemplo, tanto en una carretera limitada a 120 como en una limitada a 130, la primera franja de sanción, que supone una multa de 100 euros y no detrae puntos, se establece en el límite máximo de 150 kilómetros por hora. Sin embargo, la ley no puede modificar el límite a partir del cual el exceso es delito. Según el Código Penal, hay delito en vía interurbana cuando se circula a 80 kilómetros por hora por encima del límite permitido. Es decir, en una carretera limitada a 130, será delito circular a 210 por hora.La ley incorpora también una nueva franja de 20 kilómetros por hora, prevista para algunas calles con un solo carril. Hasta ahora, no existían sanciones para quienes excedieran los 21 kilómetros por hora.7. Las bicicletas podrán circular por debajo de la velocidad mínima establecida. La reforma está pensada para solucionar ciertos problemas de los ciclistas en zonas urbanas. Hasta ahora, los vehículos no pueden circular a una velocidad por debajo del 50% del límite máximo establecido, lo cual crea problemas a los ciclistas en calles como la Cuesta de la Vega en Madrid, donde, por su inclinación, es muy difícil circular a más de 25 kilómetros por hora. No obstante, sigue estando prohibido que los ciclistas circulen por autopistas.8. Solo serán legales los avisadores de radar: ni detectores ni inhibidores. La nueva ley prohíbe expresamente la utilización de detectores de radar e impone a quien la incumpla una sanción de 200 euros y la pérdida de tres puntos de carné. Se mantiene la prohibición de los inhibidores, que lleva aparejada una pena mucho más severa: 6.000 euros de multa y la detracción de seis puntos. Solo serán legales los avisadores de radar, que ofrecen información sobre la ubicación de los cinemómetros en función de bases de datos. Los conductores deberán prestar atención a los navegadores que poseen, ya que muchos incluyen una función de detectores de radar. Bastará con desactivar esta función.9. Obligatoriedad de matricular en España los vehículos de extranjeros residentes. Hasta ahora, los extranjeros residentes solo deben cumplir las obligaciones tributarias fijadas en la Ley de Impuestos Especiales, pero no es preceptivo que matriculen su coche en España, lo que en la práctica dificulta que sean sancionados o sometidos a controles. La concreción de este artículo se hará en el reglamento.10. Obras en la vía. Será infracción grave realizar obras en la carretera sin comunicarlo con anterioridad a su inicio “a la autoridad responsable de la gestión y regulación del tráfico”.11. Caída de carga en la vía. Este supuesto, que no estaba expresamente contemplado en la normativa, será sancionado como infracción grave por “el peligro que genera al resto de usuarios de la vía”.12. Control en autoescuelas y centros de reconocimiento. Impedir las labores de control en centros de enseñanza y de reconocimiento de conductores será infracción, ante los casos detectados en los que se impide el acceso de miembros de la Consejería de Salud o de la Dirección General de Tráfico.13. Los agentes podrán multar sin parar al vehículo. Se permitirá no parar ni identificar a un infractor cuando el agente denunciante se encuentre realizando labores de vigilancia y control de tráfico y carezca de medios para proceder a la persecución del vehículo.14. El conductor será el responsable si atropella a un animal de caza. Hasta ahora, en los accidentes ocasionados por el atropello de especies cinegéticas, el conductor solo era responsable si había incumplido las normas de circulación. La nueva ley establece que el automovilista será siempre el responsable, a no ser que el siniestro sea consecuencia de una acción de caza colectiva de una especie de caza mayor –animales salvajes mayores que un zorro- llevada a cabo en el mismo día de la cacería o en las 12 horas posteriores a que concluya. Será culpable la Administración solo si “no ha reparado la valla de cerramiento en plazo” o “por no disponer de la señalización específica de animales sueltos en tramos con alta accidentalidad por colisión de vehículos con los mismos”. En la práctica, los conductores que sufran un accidente en alguno de los casi 25.000 cotos de caza que hay en España no recibirán ninguna indemnización si mueren o resultan heridos graves. Y si tienen un seguro a terceros, también tendrán que hacerse cargo de los desperfectos en su coche.15. Se aumenta de 15 a 20 días naturales el plazo para pagar multas con descuento del 50% y para hacer las alegaciones pertinentes.16. Restricciones a vehículos por motivos medioambientales. Se recoge expresamente la posibilidad de restringir el acceso o la circulación por las vías a determinados vehículos por motivos medioambientales. El Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente liderará el desarrollo reglamentario necesario.17. Nuevas causas de inmovilización de vehículos: Además de llevar menores sin un dispositivo de retención adecuado, será causa de inmovilización conducir sin autorización vehículos para los que se exige el permiso C (cuando la masa máxima autorizada exceda de 3500 kilos y no sobrepase los 7.500) o D (autocares).18. Prohibición de traslado de vehículos inseguros a otros países. Se prohíbe dar de baja definitiva por traslado a otro país vehículos que no cumplen con los requisitos de seguridad y medioambientales reglamentariamente establecidos. Este artículo procede de la aplicación del Plan Mundial para el Decenio de Acción para la Seguridad Vial 2011-2020 de la ONU, que insta a desalentar las importaciones y exportaciones de vehículos nuevos o usados que no son lo suficientemente seguros. Cada año, mueren en el mundo por accidente de tráfico 1.300.000 personas.19. Prioridad para las grúas de auxilio en carretera. Las grúas que acudan a realizar un servicio de auxilio tendrán prioridad de paso y recibirán el tratamiento de vehículos de urgencias. Podrán pararse o estacionarse en vías urbanas durante el tiempo indispensable para retirar vehículos, siempre que no se cree un nuevo peligro ni se cause obstáculo a la circulación.20. Menos restricciones en la conducción a los enfermos de cáncer. La ley prevé la posibilidad de que el reglamento general de conductores, que Tráfico también pretende reformar en esta legislatura, revise las limitaciones impuestas a la conducción a los enfermos de cáncer. Las personas que padecen esta enfermedad pueden conducir en muy pocos casos, siempre que su médico, que tiene la posibilidad de hacerlo pero no la obligación, lo remita a la Dirección General de Tráfico. Debido a los avances médicos y farmacológicos, el futuro reglamento de conductores aumentará los casos en los que los enfermos de cáncer sí pueden conducir.


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DeuBCN
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Re: Una locura de la nueva Ley de Seguridad Vial

Mensaje por DeuBCN »

Ya lo habeís dicho: "La Escopeta Nacional"Como díria uno de los nuestros: Mira que sois quisquillosos los moteros. Trabajar más y cobrar menos, así no tendreis tiempo para ir en moto y tocarnos los eggs a los que mantenemos el país en funcionamiento.Imagen


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corchopan
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Re: Una locura de la nueva Ley de Seguridad Vial

Mensaje por corchopan »

Un punto más de indefensión a la hora de arrancar la moto.Más vale que me calle porque iba a escribir que son hijos de la grandísima puta y que tendrían que ser ellos los que se dejaran los putos cuernos contra un animal de 600 kilos. Y me sabe mal por el animal.Lo iba a decir pero no lo digo, solo os narraba lo que pensaba y tenía intención de escribir.Salud :vss :vss :vss


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jesusman
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Re: Una locura de la nueva Ley de Seguridad Vial

Mensaje por jesusman »

Me ha indignado el tratamiento que le han dado en la prensa general a esta noticia, "vendiéndonos" (más bien, manipulando), la interpretación de este supuesto "avance".Como dato curioso, siempre es bueno escuchar a la otra parte, aunque no nos guste lo que expongan. http://www.elcotodecaza.com/reportaje/c ... ada-140320" onclick="window.open(this.href);return false;Mucho cuidado ahí fuera.


KZ
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Re: Una locura de la nueva Ley de Seguridad Vial

Mensaje por KZ »

buenas Me han pasado esta información, y creo que sera oficial el próximo 1 de abril:La nueva Ley de Seguridad Vial, que ya ha sido aprobada en el Congreso, pasará a entrar en vigor el próximo mes de abril.Esta son las novedades, como así mismo se hace especial mención a las sanciones de cuantía más elevada para tenerlas muy en cuenta y evitar sustos innecesarios. 6.000 euros y 6 puntosLlevar instalado un inhibidor de radar. Todos aquellos vehículos que lleven instalado un dispositivo electrónico que inhiba e interfiera la señal de los radares, serán sancionados con 6.000 euros de multa y la resta de seis puntos del carné. También hay multa para el taller que lo instala: 20.000 euros. 1.800 euros, sin resta de puntosNo notificar el conductor. Si llega una sanción grave o muy grave asociada a tu vehículo y no notificas quién era el conductor infractor, la DGT sancionará al titular del vehículo con el triple de la cuantía de la multa. Esto se traduce en 1.800 euros en caso de ser una sanción muy grave (600 euros).1.500 euros, sin resta de puntosCircular sin seguro. Cualquier conductor que circule con un turismo o una furgoneta inferior a 3.500 kg sin el seguro en regla será sancionado con 1.500 euros de multa, aunque no implicará la resta de puntos del carné de conducir. Si el vehículo está parado y no tiene seguro la sanción será de 800 euros. El nuevo reglamento concede un ‘mes de gracia’: en caso de que haya caducado tu seguro, tiene un mes de margen para ponerlo en regla. 1.000 euros y 6 puntosDuplicar la tasa de alcohol. En caso de duplicar la tasa de alcohol, es decir más de 0,50 mg de alcohol por litro de sangre, la multa pasa de 600 a 1.000 euros con la reforma de la Ley de Seguridad Vial. Asimismo, se impondrá una sanción de esta cuantía a aquellos conductores reincidentes en positivo durante el periodo de un año y a los que se nieguen a someterse a la prueba.1.000 euros y 6 puntosDrogas. Aquellos conductores que den positivo en un control de drogas, independientemente del tipo de la misma y siempre que no cuente con prescripción médica -y su ingesta no influya en las capacidades de conducción-, serán sancionados con 1.000 euros y la consiguiente resta de seis puntos del permiso. Todos los conductores tienen derecho a una segunda prueba, es decir un análisis de sangre en un centro facultativo. No obstante, si vuelve a ser positivo, tendrán que hacerse cargo de los gastos de dicha prueba.600 euros y 6 puntosExceso de velocidad muy grave. Cuando se supere la velocidad en lo que se tipifica como infracción ‘muy grave’, se impondrá una multa de 600 euros, así como seis puntos del carné. Como ejemplos, circular a más de 101 km/h en una zona limitada a 50 km/h, a más 171 km/h en una limitada a 100 km/h o amás de 191 km/h en un tramo de 120 km/h o 130 km/h.500 euros y 6 puntosExceso de velocidad muy por encima del límite. Se considera muy por encima del límite cuando roza exceso muy grave, esto es entre 91 y 100 km/h en una zona limitada a 50 km/h, entre 161 y 170 km/h en tramos de 100 km/h y entre 181 y 190 km/h en los de 120 y 130 km/h.Nuevo cuadro de velocidadesTras la reforma, se incluye un nuevo cuadro de exceso de velocidad que incluye las dos novedades en lo que a límites se refiere, es decir 20 km/h y 130 km/h.


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Re: Una locura de la nueva Ley de Seguridad Vial

Mensaje por Javi_astur »

Hola a todos, buenos días que para una vez que escribo me acabarán hechando del portal!!!!Bordeando el tema un poquitín y dejando de lado lo de los animales cazados, y también a los de cuatro patas, intervengo para recordar/preguntar sobre un tema que iba a ser punto a tratar en la futura ley o reglamento y me parece que se les ha olvidado.¿Os acordais del tema de los intercomunicadores o bluetooth para casco? Pues de este tema no se volvió a hablar y me gustaría saber si algún año de estos van a ser legales, pero legales del todo, o vamos a tener que seguir dependiendo de la buena voluntad y del criterio y el buen dia que pueda tener el agente o G.C. de Tráfico de turno.Yo sé que a los guardias les dará igual, pero al administración todo lo que pueda ser ingresar por unas multicas de más, pues bienvenido sea, y por eso yo tengo mis bluetooth bien guardaditos en su caja hasta que el reglamento ponga claramente que si se pueden usar.De nuevo saludos, disculpas por las no intervenciones y hasta la próxima.P.D.: Para Chonu: Por referencias te conozco por cuatro personas de este foro, y si no te molesta me gustaría hacerte una seri de preguntas por privado, ya que me da un poco de cosa preguntar a los agentes de por aquí (Tenerife).Bye!!!


Saludos de un asturiano desde la Isla Chicharrera (Tenerife)SOCIO A.N.D. Nº 258 desde el 17/10/08 :vssImagenImagen
bicilindro
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Re: Una locura de la nueva Ley de Seguridad Vial

Mensaje por bicilindro »

Yo también me pregunto por el tema comunicación.Pero no es culpa del Legislador, al menos no del todo.Los fabricantes no han tenido huevos de sentarse a pactar un estándar.Más bien al contrario, creo que Nolan tiene cuatro variantes y la broma son 300 euros, más los 300 del casco.Un BMW ya lo sabemos, 900 euros con BT y si quieres música, 1.050 más de la radio de la moto, aunque esto es otro tema.Es decir, desde el punto de vista del ministro, un problema menos porque con tanto desbarajuste, no hay quien lo ponga en un decreto y menos para no ganar nada.Cada uno NZI, BMW, NOLAN, DAINESE, ha hecho su inversión y no la quiere regalar al vecino, pero el efecto es que hay quien, como yo, llevo mis altavoces extraplanos de 20 euros y una radio de 100 y no me voy a gastar 600 ( x 4 , 2 abiertos, 2 cerrados ) en cascos.Ahora, imaginemos que se hubieran puesto de acuerdo, por ejemplo, en que se puedan recibir avisos de la poli por el casco, limitaciones de velocidad, o hacer llamadas de emergencia en caso de accidente, habría sido poner el pie en la puerta, pero no, es mejor la ciega avaricia.Tienen y tenemos lo que merecemos, y lo que pedimos.


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jmcc
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Re: Una locura de la nueva Ley de Seguridad Vial

Mensaje por jmcc »

Javi_astur escribió:ya que me da un poco de cosa preguntar a los agentes de por aquí (Tenerife).Bye!!!
Pues puedes preguntar, no te van a morder, todavía no he visto a ningún guardia con un usuario en sus fauces...


En la vida hay quien decidió ser lobo y quien decidió ser oveja. Yo elegí ser perro pastor, odiado por las ovejas pero temido por los lobos.
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